¡ Hola a todos !
Saludos desde Solbisur.
Hoy nos hemos propuesto crear una serie de preguntas y respuestas sobre el Autoconsumo Fotovoltaico. Nuestro objetivo es concienciar y despejar cualquier tipo de duda que pudieras tener sobre este tema.
! Comencemos !
PREGUNTA 1:
He leído en prensa que el autoconsumo además de ser ilegal para el Gobierno, no es rentable. ¿Qué de cierto hay en todo eso?
R.- Nos es grato comunicarte que el autoconsumo fotovoltaico es legal, es real, es rentable en función del tipo de consumo, y está amparada su regulación por el Real Decreto 900/2015 en el que se detallan los parámetros que han de cumplir las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.
PREGUNTA 2:
¿Si instalo en mi empresa una instalación solar fotovoltaica de autoconsumo puedo cobrar algún tipo de retribución por la energía vertida a red?
R.- Efectivamente se podría percibir una retribución siempre y cuando proyectaras una instalación fotovoltaica de autoconsumo del tipo 2 llamada así por superar los 100 kW.
PREGUNTA 3:
Tengo un chalet en Córdoba. ¿Qué potencia me recomiendan instalar de autoconsumo fotovoltaico?
R.- Para poder responder a esa pregunta habría que conocer la demanda energética de tu vivienda. En todo caso es importante señalarte que la potencia que instales de fotovoltaica ha de ser igual o menor a la potencia que tengas contratada con la comercializadora Eléctrica.
PREGUNTA 4:
Me gustaría instalar una instalación fotovoltaica de autoconsumo con baterías de apoyo. ¿Es legal contar con baterías?
R.- Claro que sí es legal. Es posible poder almacenar la energía solar fotovoltaica no consumida en baterías y utilizarla cuando la demanda energética sea mayor a la curva de generación fotovoltaica.
PREGUNTA 5:
Me acabo de enterar que además de las placas, el inversor, el regulador…etc… he de adquirir un contador. ¿Por qué y para qué?
R.- No es del todo cierto.
Hemos de partir de la base de que el legislador nos habla de contadores que miden la energía generada, y contadores que miden la energía consumida.
Si tu pregunta se refiere a la energía generada, he de decirte que estás en los cierto ya que el Real Decreto 900/2015 establece que tu instalación ha de disponer de un contador AC que contabilice la energía neta generada.
Pero si te refieres a la energía consumida, he de decirte que el legislador determina que es opcional este tipo de contadores si tu instalación de autoconsumo es inferior a 100 kW.
PREGUNTA 6:
¿Por la energía que autoproduzca o autoconsumo he de pagar algo al Estado?
R.- El legislador de forma totalmente injusta y sorpresiva ha establecido por imperativo legal pagar dos tipos de cargos: uno fijo y otro variable.
El cargo fijo, se aplica a las instalaciones que tienen baterías y a las instalaciones de autoconsumo con potencia igual o superior a la de 100 kW.
Este cargo fijo consiste en un cargo por la potencia que genere la instalación que sea superior a la potencia a facturar.
El cargo variable, se aplica a las instalaciones que tengan una potencia superior a 10 kW.
El cargo variable consiste en un cargo por la energía que genere la instalación fotovoltaica, siempre y cuando está sea superior a 10 kW.
Por ello una instalación fotovoltaica de autoconsumo de 9,99 kW no tiene que pagar ni costes fijos ni costes variables.
PREGUNTA 7:
¿Cuál es la estrategia a seguir en la generación de autoconsumo fotovoltaico? ¿Lo que se genere en mi tejado ha de acumularse en baterías, o ha de cubrir la demanda energética directamente?
R.- Desde Solbisur recomendamos que la curva de generación fotovoltaica cubra la demanda energética directamente y que la energía sobrante no consumida se almacene en baterías.
PREGUNTA 8:
¿Cuál sería el primer paso a dar si quiero instalar en mi casa una instalación de autoconsumo fotovoltaico?
R.- Lo primero que deberías hacer es recabar todas las facturas del año y analizar cuál ha sido el consumo.
A la vista de ello, nuestra red de profesionales podrá indicarte la mejor opción…
- ¿una instalación de autoconsumo sin baterías?,
- ¿una instalación de autoconsumo con baterías?
- ¿desconectarte de la red eléctrica mediante una instalación específica.?
Puedes solicitar presupuesto gratis y sin compromiso haciendo clic aquí.
PREGUNTA 9:
Por curiosidad… ¿qué me puede costar un kit de autoconsumo fotovoltaico de 3 kW?
R.- Desde Solbisur, somos especialistas en dar un presupuesto EXACTO adaptado a tus necesidades. El Kit de autoconsumo de unos 3kw, ronda los 3800 €.
Si deseas prespuesto personalizado, no dudes en contactar con nosotros.
CONCLUSIÓN:
Desde Solbisur, animamos a cualquiera a llevar a cabo su proyecto de Autoconsumo. No solo trae un ahorro significativo, si no que además, cada vez se dan más incentivos y ayudas para su puesta en marcha. El futuro está avanzando en este camino, y desde Europa ya avisan.